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Ayudas a estudiantes de la isla de Eivissa curso 2022-2023 - Solicitudes

Los estudios objeto de estas ayudas tendrán que ser títulos oficiales y con validez en todo el Estado español. En concreto, se establecen dos líneas de ayudas, que tienen como objeto los siguientes estudios oficiales:

Línea 1: Ayudas del Consell Insular d'Eivissa a estudiantes de la isla de Eivissa, curso 2022-2023 (L1 CIE).

Estudios presenciales o semipresenciales cursados fuera de la isla de Eivissa:

a) Estudios universitarios de grado y de máster cursados en cualquier universidad de la Unión Europea (UE-27)
b) Estudios de enseñanzas artísticas superiores (como estudios de música, de danza y arte dramático, de conservación y restauración de bienes culturales y de artes plásticas y diseño) cursados en cualquier país de la UE-27
c) Ciclos formativos de grado medio o superior, cursados en centros de toda Europa, siempre y cuando no puedan cursarse en la isla de Eivissa
d) Ciclos formativos de grado medio y de grado superior, cursados en centros de toda España, cuando también se impartan en la isla, en el caso excepcional que la persona solicitante no haya podido obtener plaza, lo que se tendrá que acreditar documentalmente y de manera fehaciente al Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio del Consell Insular d'Eivissa

Estudios presenciales, semipresenciales o a distancia cursados en la isla de Eivissa:

e) Estudios universitarios de grado y de máster cursados en cualquier universidad de la UE-27

Dentro de la L1 CIE se establecen las siguientes modalidades:

A) Modalidad A: Ayudas a estudiantes que cursan los siguientes estudios oficiales, presenciales o semipresenciales, fuera de la isla de Eivissa:

- Grado en cualquier universidad de la UE-27.

- Enseñanzas artísticas superiores (como estudios de música, de danza y arte dramático, de conservación y restauración de bienes culturales y de artes plásticas y diseño) en cualquier país de la UE-27.

- Ciclos formativos de grado medio o superior, en centros de toda España, siempre y cuando no puedan cursarse en la isla de Eivissa, o cuando también se impartan en la isla, en el caso excepcional que la persona solicitante no haya podido obtener plaza, hecho que tendrá que acreditarse documentalmente y de forma fehaciente en el Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio del Consell Insular d?Eivissa.

B) Modalidad B: Ayudas a estudiantes que cursan estudios oficiales, presenciales o semipresenciales, de máster en cualquier universidad de la UE-27 fuera de la isla de Eivissa.

C) Modalidad C: Ayudas a estudiantes que cursan estudios universitarios oficiales, presenciales, semipresenciales o a distancia, de grado y de máster en cualquier universidad de la UE-27 en la isla de Eivissa.


Línea 2: Ayudas de la Comunitat Autònoma de les Illes Balears de desplazamiento para los estudiantes de la isla de Eivissa, curso 2022-2023 (L2 CAIB).

Estudios universitarios de grado o máster cursados en cualquier universidad de la UE-27 durante el año académico 2022-2023.


 


S?estableixen dues línies d?ajudes, que tenen com a objecte els estudis oficials següents:

Línia 1: Ajudes del Consell Insular d?Eivissa a estudiants de l?illa d?Eivissa, curs 2022-2023 (en endavant, L1 CIE):

Estudis presencials o semipresencials cursats fora de l?illa d?Eivissa:

a)  Estudis universitaris de grau i de màster cursats en qualsevol universitat de la Unió Europea (UE-27)

b)  Estudis d?ensenyaments artístics superiors (com estudis de música, de dansa i art dramàtic, de conservació i restauració de béns culturals i d?arts plàstiques i disseny) cursats en qualsevol país de la UE-27

c)  Cicles formatius de grau mitjà o superior, cursats en centres de tot Espanya, sempre que no puguin cursar-se a l?illa d?Eivissa

d)  Cicles formatius de grau mitjà i de grau superior, cursats en centres de tot Espanya, quan també s?imparteixin a l?illa, en el cas excepcional que la persona sol·licitant no hagi pogut obtenir-hi plaça, fet que s?haurà d?acreditar documentalment i de manera fefaent al Departament de Cultura, Educació i Patrimoni del Consell Insular d?Eivissa

Estudis presencials, semipresencials o a distància cursats a l?illa d?Eivissa:

e)  Estudis universitaris de grau i de màster cursats en qualsevol universitat de la UE-27

Dins la L1 CIE s?estableixen les modalitats següents:

A) Modalitat A: Ajudes a estudiants que cursen els següents estudis oficials, presencials o semipresencials, fora de l?illa d?Eivissa:

- Grau en qualsevol universitat de la UE-27.

- Ensenyaments artístics superiors (com estudis de música, de dansa i art dramàtic, de conservació i restauració de béns culturals i d?arts plàstiques i disseny) en qualsevol país de la UE-27.

- Cicles formatius de grau mitjà o superior, en centres de tot Espanya, sempre que no puguin cursar-se a l?illa d?Eivissa, o quan també s?imparteixin a l?illa, en el cas excepcional que la persona sol·licitant no hagi pogut obtenir-hi plaça, fet que s?haurà d?acreditar documentalment i de manera fefaent al Departament de Cultura, Educació i Patrimoni del Consell Insular d?Eivissa.

B) Modalitat B: Ajudes a estudiants que cursen estudis oficials, presencials o semipresencials, de màster en qualsevol universitat de la UE-27 fora de l?illa d?Eivissa.

C) Modalitat C: Ajudes a estudiants que cursen estudis universitaris oficials, presencials, semipresencials o a distància, de grau i de màster en qualsevol universitat de la UE-27 a l?illa d?Eivissa.

Línia 2: Ajudes de la Comunitat Autònoma de les Illes Balears de desplaçament per als estudiants de l?illa d?Eivissa, curs 2022-2023 (en endavant, L2 CAIB):

Estudis universitaris de grau o màster cursats en qualsevol universitat de la UE-27 durant l?any acadèmic 2022-2023.


 


Finalidad

Los estudios objeto de estas ayudas tendrán que ser títulos oficiales y con validez en todo el Estado español. En concreto, se establecen dos líneas de ayudas, que tienen como objeto los siguientes estudios oficiales:

Línea 1: Ayudas del Consell Insular d'Eivissa a estudiantes de la isla de Eivissa, curso 2022-2023 (L1 CIE).

Estudios presenciales o semipresenciales cursados fuera de la isla de Eivissa:

a) Estudios universitarios de grado y de máster cursados en cualquier universidad de la Unión Europea (UE-27)
b) Estudios de enseñanzas artísticas superiores (como estudios de música, de danza y arte dramático, de conservación y restauración de bienes culturales y de artes plásticas y diseño) cursados en cualquier país de la UE-27
c) Ciclos formativos de grado medio o superior, cursados en centros de toda Europa, siempre y cuando no puedan cursarse en la isla de Eivissa
d) Ciclos formativos de grado medio y de grado superior, cursados en centros de toda España, cuando también se impartan en la isla, en el caso excepcional que la persona solicitante no haya podido obtener plaza, lo que se tendrá que acreditar documentalmente y de manera fehaciente al Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio del Consell Insular d'Eivissa

Estudios presenciales, semipresenciales o a distancia cursados en la isla de Eivissa:

e) Estudios universitarios de grado y de máster cursados en cualquier universidad de la UE-27

Dentro de la L1 CIE se establecen las siguientes modalidades:

A) Modalidad A: Ayudas a estudiantes que cursan los siguientes estudios oficiales, presenciales o semipresenciales, fuera de la isla de Eivissa:

- Grado en cualquier universidad de la UE-27.

- Enseñanzas artísticas superiores (como estudios de música, de danza y arte dramático, de conservación y restauración de bienes culturales y de artes plásticas y diseño) en cualquier país de la UE-27.

- Ciclos formativos de grado medio o superior, en centros de toda España, siempre y cuando no puedan cursarse en la isla de Eivissa, o cuando también se impartan en la isla, en el caso excepcional que la persona solicitante no haya podido obtener plaza, hecho que tendrá que acreditarse documentalmente y de forma fehaciente en el Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio del Consell Insular d’Eivissa.

B) Modalidad B: Ayudas a estudiantes que cursan estudios oficiales, presenciales o semipresenciales, de máster en cualquier universidad de la UE-27 fuera de la isla de Eivissa.

C) Modalidad C: Ayudas a estudiantes que cursan estudios universitarios oficiales, presenciales, semipresenciales o a distancia, de grado y de máster en cualquier universidad de la UE-27 en la isla de Eivissa.


Línea 2: Ayudas de la Comunitat Autònoma de les Illes Balears de desplazamiento para los estudiantes de la isla de Eivissa, curso 2022-2023 (L2 CAIB).

Estudios universitarios de grado o máster cursados en cualquier universidad de la UE-27 durante el año académico 2022-2023.

Quien lo puede presentar

Podrán solicitar las ayudas de la L1 CIE los y las estudiantes residentes en la isla de Eivissa que cursen los estudios oficiales especificados en la base tercera.

Respecto a las ayudas de la L2 CAIB establecidas en las bases, las personas interesadas en recibirlas no las tienen que solicitar, sino que el órgano instructor (el Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio), con la solicitud presentada por el/la estudiante para la L1 CIE, tramitará de oficio las solicitudes que sean susceptibles de resultar beneficiarias de estas ayudas de desplazamiento. Todo ello siempre y cuando el Consell Insular d’Eivissa reciba una aportación de la Comunitat Autònoma de les Illes Balears para aplicar a la L2 CAIB.

Plazos de presentación

02/05/2023 08:00:00  -  06/09/2023 00:00:00

Entre el 2 y el 29 de mayo de 2023, ambos inclusive

Presentación

Las solicitudes de ayuda y toda la documentación requerida se dirigirán a la Presidencia del Consell Insular d’Eivissa y se presentarán, dentro del plazo establecido a este efecto, de la siguiente manera:

Solicitud presencial

- En el Registro General de Entrada del Consell Insular d’Eivissa (avenida de España, 49, tel. 971195900). En este caso, se tiene que pedir cita previa al teléfono 971195906 o a través de la página web https://citaprevia.conselldeivissa.es/.

- Si la solicitud se remite por correo postal certificado, la documentación correspondiente tiene que presentarse en un sobre abierto con el fin que el ejemplar destinado al Consell Insular d’Eivissa y el ejemplar para el interesado se fechen y se sellen antes de certificarse (“correo administrativo”); en caso contrario, se entenderá como fecha válida la de llegada en el Registro General de Entrada de dicha Corporación.

Solicitud telemática

- A través del trámite de la Sede Electrónica del Consell Insular Insular d'Eivissa (https://seu.conselldeivissa.es), siempre y cuando las personas solicitantes dispongan de certificado digital, en la cual podrán obtenerse el modelo de solicitud y los anexos correspondientes.
Para una mejor instrucción, si se opta por presentar la solicitud de manera telemática, la documentación tiene que tener los formatos PDF o jpg.

Otras opciones

- En cualquiera de los lugares que establece el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Órgano gestor

Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio

Plazo de resolución

De acuerdo con el artículo 25.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, el plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento no excederá los seis meses, contados a partir de la publicación del Extracte de la convocatoria en el BOIB.

Efecto del silencio administrativo

No procede

No procede

Recursos

Las resoluciones de la consejera ejecutiva del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, dictadas por delegación en esta convocatoria, y que se tienen que considerar dictadas por el órgano delegante (en este caso el Consejo Ejecutivo), no agotan la vía administrativa.

Contra el acuerdo del Consejo Ejecutivo de aprobación de estas bases y las resoluciones de la consejera ejecutiva del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, dictadas por delegación del Consejo Ejecutivo, se podrá interponer ante el Pleno del Consell Insular d'Eivissa el recurso de alzada previsto en los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el plazo de un mes desde el día siguiente de su notificación, todo ello en virtud de lo que dispone el apartado 1 de la disposición transitoria primera (Procedimientos y recursos) de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares. El recurso tendrá que resolverse en el plazo de tres meses, transcurridos los cuales sin que se haya dictado resolución expresa se entenderá desestimado y quedará abierta la vía contenciosa administrativa.

Normativa básica

Estas ayudas se rigen por las bases reguladoras, por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de la Ley general de subvenciones y por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, que aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones de las Illes Balears.

Estas ayudas están exentas de retención del impuesto sobre la renta de las personas físicas, en virtud del artículo 7.j de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del impuesto sobre la renta de las personas físicas y de modificación parcial de las leyes de los impuestos sobre sociedades, sobre la renta de no residentes y sobre el patrimonio (BOE núm. 285, de 29-11-06).

Respecto a la protección y el tratamiento de datos de carácter personal para la realización de las actividades objeto de esta convocatoria, se tienen que observar las prescripciones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos y garantía de los derechos digitales, en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en cuanto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el cual se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) (DOUE 4-05-2016), y en el resto de legislación vigente en materia de protección de datos personales, que le sea de aplicación.

Pago de tasas

NO

Información Adicional

Documentación a presentar:

- Solicitud según modelo normalizado (Anexo 1).

- Declaración responsable según modelo normalizado (Anexo 2).

- Documentación acreditativa de la identidad de la persona solicitante: DNI o, si procede, NIE o tarjeta de residencia, que tendrán que ir acompañados de la documentación que acredite la identidad de la persona solicitante (pasaporte o carta de identidad), en vigor (ver Anexo 3).

En el caso que el/la estudiante presente la solicitud telemáticamente, con un certificado digital emitido a su nombre, no es necesario presentar la documentación acreditativa de la identidad (art. 9 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas).

- Certificado de residente, en vigor.

- Matrícula del curso 2022-2023.

- Notas del curso anterior, 2021-2022 (excepto para alumnos que cursen primer curso completo), o las notas de todos los cursos en caso de estar matriculado/a del resto de créditos, asignaturas o módulos pendientes para obtener la titulación.

- Documentación acreditativa que los estudios de mención que está cursando son un requisito para obtener la titulación de grado, si procede.

- Traducción oficial a la lengua catalana o castellana de toda la documentación emitida por organismos extranjeros (y, si procede, por organismos españoles emitida en lenguas extranjeras) en relación a estudios cursados en universidades de países de la Unión Europea (UE-27), si procede.

- Documentación fehaciente que acredite que la persona solicitante no ha podido obtener plaza en la isla de Eivissa para el ciclo formativo que está cursando fuera de la isla, si procede.

- En el caso de que se actúe en nombre del/de la estudiante (art. 5, apartado 3, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas), escrito en el que se acredite la representación de la persona, junto a un documento acreditativo de la identidad del/de la representante.

Documentación a presentar opcionalmente:

- Carga lectiva de la titulación y la duración en años (plan de estudios), para estudiantes universitarios de grado y de máster y para estudiantes de estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores.

- Solicitud de alta o modificación como acreedor del Consell Insular a efectos económicos (impreso de transferencia bancaria) debidamente rellenada y firmada por la persona solicitante (que tiene que figurar necesariamente como titular de la cuenta bancaria en que, si procede, se tiene que realizar el ingreso) y sellada por la entidad bancaria. Solamente se tendrá que presentar si no consta en el Consell o bien si se han producido modificaciones en la que ya consta en el Consell.

Documentación relacionada

- Anexo 1. Solicitud : Anexo 1. Solicitud
- Anexo 2. Declaración responsable : Anexo 2. Declaración responsable
- Anexo 3. Documentación presentada anteriormente : Anexo 3. Documentación presentada anteriormente
- Anexo 4. Renuncia : Anexo 4. Renuncia
- Annex 1. Sol·licitud : Annex 1. Sol·licitud
- Annex 2. Declaració responsable : Annex 2. Declaració responsable
- Annex 3. Documentació presentada anteriorment : Annex 3. Documentació presentada anteriorment
- Annex 4. Renúncia : Annex 4. Renúncia
- BOIB CAST Bases ayudas estudiantes 2022-2023 : BOIB CAST Bases ayudas estudiantes 2022-2023
- BOIB CAST Extracto ayudas estudiantes 2022-2023 : BOIB CAST Extracto ayudas estudiantes 2022-2023
- BOIB CAT Bases ajudes estudiants 2022-2023 : BOIB CAT Bases ajudes estudiants 2022-2023
- BOIB CAT Extracte ajudes estudiants 2022-2023 : BOIB CAT Extracte ajudes estudiants 2022-2023
- Full de domiciliació bancària : Full de domiciliació bancària

Nivel de identificación del solicitante

Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Alto:Acceso mediante sistema Clave

Documentación a aportar

Documentación requerida
- Solicitud según modelo normalizado (Annexo 1)
- Documentación acreditativa de la identidad de la persona solicitante: DNI o, si procede, NIE o tarjeta de residencia (con pasaporte o carta de identidad), en vigor (ver Anexo 3)
- Certificado de residente, en vigor
- Notas del curso anterior (excepto para alumnos/as de primer curso completo) o notas de todos los cursos anteriores en caso de estar matriculado/a del resto de créditos, asignaturas o módulos pendientes para obtener la titulación
- Matrícula del curso 2022-2023
- Carga lectiva de la titulación y la duración en años (plan de estudios), para estudiantes universitarios de grado y de máster y para estudiantes de estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores
- Declaración responsable según modelo normalizado (Anexo 2)
- Traducción oficial a castellano o catalán de toda la documentación emitida por organismos extranjeros y, si procede, por organismos españoles emitida en lenguas extranjeras en relación a estudios cursados en universidades de países de la UE-27, si procede
- Documentación fehaciente acreditativa de que la persona solicitante no ha podido obtener plaza en la isla de Eivissa para el ciclo formativo que está cursando fuera de la isla, si procede
- Solicitud de alta o modificación como acreedor del Consell a efectos económicos (impreso de transferencia bancaria) debidamente rellenada y firmada por la persona solicitante y la entidad bancaria, si procede. Este documento solamente se tiene que presentar si no consta en poder del Consell o si se han producido modificaciones. ATENCIÓN: EN EL CASO DE QUE SE PRESENTE ESTE DOCUMENTO TELEMÁTICAMENTE, EL CERTIFICADO DIGITAL TIENE QUE SER A NOMBRE DEL ESTUDIANTE. EN CASO CONTRARIO, SE TIENE QUE PRESENTAR EL ORIGINAL EN PAPEL EN EL REGISTRO DE ENTRADA DEL CONSELL O A TRAVÉS DE CORREOS. Para más información sobre la presentación de este documento, visite el trámite correspondiente en el apartado "Trámites destacados" de esta sede electrónica.
- Escrito en relación a documentación aportada al Consell anteriormente, según modelo normalizado, si corresponde (Anexo 3)
- Documentación acreditativa de que los estudios de mención que está cursando son un requisito para obtener la titulación de grado, si procede
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